Uno de los requisitos para que la ANSeS hiciera efectivo el depósito era que las CBU de los trabajadores estuvieran declaradas en “Simplificación Registral Empleadores” (SRE). El domingo 3 de mayo se verificó que la AFIP puso a disposición del empleador, el monto que recibiría cada trabajador alcanzado, así como la CBU en la cual lo percibiría. Algunas de ellas estaban en blanco, a propósito que tuvieran algún tipo de inconsistencia (por ejemplo, que el trabajador no fuera el titular de la cuenta bancaria), o que no fuera informada en SRE -o que no fueran modificadas las CBU que ya no estuvieran activas o que fueran informadas con error-, invitando al empleador a que completara el campo en SRE para así proceder al depósito de la asignación. Lamentablemente, la carga en el sistema no fue posible, debido al colapso de la página web del Organismo Fiscal, llegando a la situación en la que, el trabajador no pudo percibir la parte correspondiente al salario complementar...