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Mostrando entradas de mayo, 2020

GANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2019--P R O R R O G A --

La AFIP informó a través de canales de la red social Twitter que  se prorroga hasta finales del mes de Julio de 2020 la presentación de las declaraciones juradas y pago del Impuesto a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedular.

CONTINÚA LA PROHIBICIÓN DE DESPIDOS Y SUSPENSIONES

El DEC 487/2020 prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor (art. 223 bis LCT) por el plazo de 60 días contados a partir del 30 de mayo. La medida incluye la prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo. Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación a la medida no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.

Programa de Asistencia al Trabajo y la Produccion (ATP). MAYO 2019

Se ha decidido extender el beneficio del salario complementario al mes de MAYO . Asimismo, se determino que la base de calculo de la mencionada nomina, sera la correspondiente a la remuneración abonada en el mes de marzo de 2020 . Respecto de las condiciones de admisibilidad del beneficio, se estimará la variación de la facturación de los empleadores comparando los períodos abril de 2019 con abril de 2020 , en tanto que en el caso de las empresas que iniciaron sus actividades a partir del 1 de mayo de 2019, la comparación se realizará con el mes de diciembre de 2019. Se mantienen los mismos parámetros para las empresas que iniciaron su actividad durante el año 2020, las cuales reciben de manera directa el beneficio del Salario Complementario.

GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS E IVA.

La AFIP ha determinado lo siguiente: - Se prorroga al 26 y 27/5/2020 el plazo para la presentación y pago de la declaración jurada del impuesto a las ganancias 2019 de las personas jurídicas cuyo cierre de ejercicio haya operado el 31/12/2019. - Aquellas personas jurídicas contribuyentes y/o responsables del impuesto a las ganancias con cierres de ejercicio en el mes de noviembre de 2019, podrán presentar la Memoria, Estados Contables e Informes del Auditor correspondientes al año 2019, hasta el 30/6/2020. - Se prorroga la presentación y pago del IVA correspondiente al mes de abril de 2020 hasta los días 20/5, 21/5 y 22/5 según la terminación del número de CUIT. - Las personas jurídicas contribuyentes del impuesto a las ganancias podrán acceder al Miniplan -RG (AFIP) 4057-E- para regularizar las deudas del impuesto hasta el 30/6/2020, ingresando un pago a cuenta del 25% y en hasta 3 cuotas, no teniéndose en cuenta la categorización de SIPER. - Se podrán incluir en el régime...

AFIP RG 4712- La AFIP TRASLADA LOS VENCIMIENTOS DE LA PRESENTACION Y PAGO DE LAS CARGAS SOCIALES DE ABRIL/2020

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La AFIP traslada el vencimiento general para la presentación y pago de las cargas sociales de abril, según el siguiente cronograma:

CREDITOS AL 24% PARA MIPYMES

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El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación comunicó que las empresas que reciban el 50% del salario por parte del estado podrán solicitar EN LOS BANCOS el crédito para financiar el pago de haberes de las pymes estará disponible para abonar los sueldos de los meses devengados de abril y mayo.  El crédito tiene una tasa fija del 24%, por un año, con un período de gracia de tres meses y, como requisito, las empresas deberán contar con el certificado MiPyME, cuyo trámite se inicia en la Web de la AFIP.

EMPLEADOS DE COMERCIO. "ACUERDO DE EMERGENCIA".

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Se ha suscrito  un convenio de emergencia para la suspensión de actividades con el fin del sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva.  Los principales puntos del Acuerdo son:  - Se respeta los lineamientos del Acuerdo marco celebrado por la CGT-UIA, homologado por la resolución (MTESS) 397/2020. - Las prestaciones no remunerativas, en el marco del artículo 223 bis de la ley de contrato de trabajo, en conjunto con el Salario Complementario del decreto 332/2020 -de corresponder- no deberán ser inferiores al 75% del salario neto del trabajador que hubiera recibido durante abril y mayo de 2020.  - El Acuerdo rige para abril y mayo de 2020.  - Las prestaciones no remunerativas devengarán aportes y contribuciones a la obra social y el seguro de salud (L. 23660 y 23661), y todas las cargas sindicales, incluido el aporte de $ 100 a OSECAC.  - Respetando estas condiciones o mejorándolas, la Autoridad de Aplicaci...

NUEVAS NORMAS DE CUARENTENA PARA LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

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Ponemos a disposición una reseña de las modificaciones a la cuarentena en la Ciudad de Buenos Aires. ADEMAS… Las compras de los rubros no esenciales se va a manejer de la siguiente manera La regulación de salidas en función del número final del DNI. Los pares (incluidos los terminados en Cero),los días pares, y los impares, los días impares, de lunes a viernes. Reactivación del sistema Ecobici con esquema especial desde el lunes 11: Se reactiva el servicio de Combis

SALARIOS COMPLEMENTARIOS. QUE PASA CON LOS EMPLEADOS CON CBU NO INFORMADO O INFORMADO EN DEFECTO.

Uno de los requisitos para que la ANSeS hiciera efectivo el depósito era que las CBU de los trabajadores estuvieran declaradas en “Simplificación Registral Empleadores” (SRE). El domingo 3 de mayo se verificó que la AFIP puso a disposición del empleador, el monto que recibiría cada trabajador alcanzado, así como la CBU en la cual lo percibiría. Algunas de ellas estaban en blanco, a propósito que tuvieran algún tipo de inconsistencia (por ejemplo, que el trabajador no fuera el titular de la cuenta bancaria), o que no fuera informada en SRE -o que no fueran modificadas las CBU que ya no estuvieran activas o que fueran informadas con error-, invitando al empleador a que completara el campo en SRE para así proceder al depósito de la asignación.  Lamentablemente, la carga en el sistema no fue posible, debido al colapso de la página web del Organismo Fiscal, llegando a la situación en la que,  el trabajador no pudo percibir la parte correspondiente al salario complementar...

SE HABILITAN NUEVAS ACTIVIDADES EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

En el día de hoy el Presidente de la Nación Alberto Fernández recibió al Jefe de Gobierno Porteño, Horacio Rodriguez Larreta, quien le presentó un plan para poder administrar la cuarentena y habilitar determinadas actividades para que a partir del próximo lunes 11 de mayo puedan volver a funcionar. En este sentido, quedarán afuera de la cuarentena y volverán a funcionar comercios como kioscos, librerías, mueblerías, jugueterías y empresas de mudanza, como así también se permitirán salidas recreativas  de 1 hora . Además se trató la implementación de los restaurantes con la modalidad para llevar , permitiendo a los clientes retirar la comida en el local gastronómicos y también la habilitación de obras de construcción privadas, en un principio solo para excavaciones y demoliciones. Todas estas medidas se tomarán en conjunto con la Nación y la Provincia de Buenos Aires y se remarcó que se tomará como referencia que si la situación sanitaria empeora, se volverá a una cuarentena ...