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Mostrando entradas de enero, 2023

Nuevo Plan de Facilidades de Pago Permanente de AFIP.

A través de la Resolución General 5321/2023, la AFIP establece un nuevo Plan de Facilidades de Pago Permanente, aplicable a partir del 1° de febrero de 2023, fecha desde la cual se deja sin efecto el anterior régimen –RG (AFIP) 4268- y el mini plan –RG (AFIP) 4057. Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. La tasa de interés de financiación será la que resulte de aplicar el 90%, 95% o 100% sobre la tasa de interés resarcitorio -vigente a la fecha de consolidación del plan de facilidades de pago- o la norma que en el futuro la reemplace. El porcentaje del pago a cuenta y la cantidad máxima de cuotas se determinarán según el tipo de contribuyente y el perfil de cumplimiento de sus obligaciones fiscales -ambas variables consideradas al momento de la consolidación del plan- así como del tipo de plan, todo ello de conformidad con lo establecido en el Anexo de la presente.

EMPLEADOS DE COMERCIO. CIERRE DE LA REVISION ANUAL EN EL 101%.

El Sindicato de Comercio logró cerrar la revisión 2022 con las Cámaras del sector por un total de 101% , que llevará el salario básico a $ 182.700 a partir del mes de marzo.  El incremento acordado refiere a un 22,9% pagadero de la siguiente manera: Un 13% sobre los salarios del mes de diciembre 2022 a pagar en las remuneraciones de febrero 2023. Un 9,9% sobre los salarios de febrero 2023 a pagar en las remuneraciones de marzo 2023.

ACTUALIZACION DE LOS IMPORTES PARA IDENTIFICAR A LOS CONSUMIDORES FINALES.

 La AFIP publico los nuevos valores aplicables para el primer semestre 2023, a partir de los cuales se deben identificar los datos de los consumidores finales.  En tal sentido, debe identificarse al adquirente en operaciones de venta minoristas cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 61.534; o cuando la operación sea por un importe superior a $ 30.767 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados. También deben identificar al consumidor final los sujetos cuya actividad principal sea "comercialización mayorista", salvo que la operación se realice por un importe inferior a $ 30.767y sea cancelada por medios electrónicos. Por ultimo recordamos los datos que debe contener la factura para la identificación citada. Apellido y Nombres. Domicilio. CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).

PARITARIAS EMPLEADOS DE COMERCIO.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios pidió un 50,5% de aumento para poder llegar a un 110% interanual. Las tratativas avanzan y es probable que el acuerdo se firme la semana próxima.  

CÓMPUTO EN EL IMPUESTA A LAS GANANCIAS DEL BONO DE $24.000

A partir del día de hoy y hasta el 31 de marzo, las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1, que cuenten con certificados MiPyME, podrán ejercer la opción de reducción de los anticipos del impuesto a las Ganancias, en un importe equivalente al Cincuenta por ciento (50 %) del monto total abonado en concepto del Bono de Fin de Año. Debe tenerse presente que: Sociedades con cierre de ejercicio en el mes de diciembre de 2022 sólo podrán ejercer la opción para los anticipos cuyos vencimientos operen en los meses de enero, febrero y marzo de 2023. Sociedades con cierre de ejercicio en el mes de noviembre de 2022 sólo podrán ejercer la opción para los anticipos cuyos vencimientos operen en enero y febrero de 2023. Sujetos con cierres de ejercicio en los meses de enero a octubre podrán ejercer la opción por los anticipos del período fiscal 2023. Personas humanas, el cómputo de la reducción se podrá hacer por los anticipos de febrero y abril.

Bienes Personales. La AFIP dio a conocer los nuevos valores de minimo no imponible y escalas.

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La AFIP publicó en su página web los nuevos valores de las escalas y del mínimo no imponible aplicables para la determinación del impuesto sobre los bienes personales del período 2022. Nuevo Mínimo no imponible: $11.282.141,08 Mínimo no imponible casa-habitación: $56.410.705,41 ESCALA DE IMPUESTO PARA RESIDENTES ARGENTINOS. ESCALA DE IMPUESTO PARA RESIDENTES ARGENTINOS CON BIENES EN EL EXTERIOR QUE NO REALICEN "REPATRIACION".