CONTINÚA LA PROHIBICIÓN DE DESPIDOS Y SUSPENSIONES
El DEC 487/2020 prorroga la prohibición de efectuar
despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y
fuerza mayor (art. 223 bis LCT) por el plazo de 60 días contados a partir del
30 de mayo.
La medida incluye la prohibición de
efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del
artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
Los despidos y las suspensiones que se
dispongan en violación a la medida no producirán efecto alguno, manteniéndose
vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.