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Mostrando entradas de julio, 2018

AFIP. INTIMACIÓN PARA REGULARIZAR TRABAJO NO REGISTRADO

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa que enviará inducciones electrónicas a contribuyentes que presuntamente no hayan declarado la totalidad de sus empleados.  En este sentido, los contribuyentes encontrarán, en los próximos días, la comunicación de la AFIP en la ventanilla electrónica.  Entre los principales rubros que serán notificados, se encuentran los relacionados con la actividad rural, restaurantes, elaboración y venta de productos de panadería, elaboración de pastas frescas, fábrica de muebles de cocina y oficina, confiterías, geriátricos, lavaderos industriales y construcción, entre otros.  Asimismo, la AFIP recuerda que, en función del indicador mínimo de trabajadores (IMT), regulado por la resolución general 2927 , que establece la cantidad mínima de empleados necesarios para realizar determinadas actividades, se presume que algunos rubros tienen un alto porcentaje de empleo no registrado.

MONOTRIBUTO. RECATEGORIZACIÓN SEMESTRAL

Mediante la resolución general (AFIP) 4273, se establece que el 20 de julio de 2018 vence el plazo para que los monotributistas efectúen la recategorización semestral -por el período comprendido entre el 1/1/2018 y el 30/6/2018- sobre la base de los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, el precio unitario máximo de venta y los alquileres devengados de los últimos 12 meses, junto con la superficie afectada a la actividad al 30/6/2018.  Por último, señalamos que la citada norma no obliga a efectuar la confirmación de la categoría en la citada fecha para aquellos sujetos que no deban modificar la categoría de revista en el régimen.

NUEVA PRORROGA PARA LAS DECLARACIONES JURADAS 2017.

La AFIP publica oficialmente la resolución general que prorroga la presentación de las declaraciones juradas (no el pago) de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta para las empresas o explotaciones unipersonales y para toda clase de sociedades constituidas en el país (que no sean sociedades de capital) -art. 49, inc. b), LIG-, y para las personas humanas y sucesiones indivisas titulares de inmuebles rurales en relación con dichos inmuebles, cuyos cierres coincidan con el año calendario correspondiente al período fiscal 2017, según el siguiente detalle: Terminación CUIT Fecha de presentación 0, 1, 2, 3 Hasta el 25/7/2018, inclusive 4, 5 y 6 Hasta el 26/7/2018, inclusive 7, 8 y 9 Hasta el 27/7/2018, inclusive

ELIMINACIÓN DE FACTURAS EN FORMATO PAPEL

Informamos que la AFIP tiene previsto que aquellos responsables inscriptos que aún utilizan las facturas en formato papel comiencen a dejar de utilizarlas a partir del 1/8/2018, mientras que para los monotributistas y los sujetos exentos en el IVA, el proceso de eliminación de las facturas en formato papel se iniciaría el 1/10/2018.

FERIA FISCAL DE INVIERNO. AÑO 2018

Se fija entre los días 10 y 20 de julio de 2018, ambas fechas inclusive, el plazo correspondiente a la feria fiscal de invierno. Recordamos que durante el citado período no se computarán, en el ámbito de la Administración Federal de Ingresos Públicos, los plazos procedimentales por los días hábiles administrativos comprendidos en él.

COMERCIO-ACUERDO SALARIAL NO HOMOLOGADO-

Empleados de Comercio. Incremento salarial a partir del 1/10/2018, 1/11/2018 y 1/1/2019 Las partes representativas de la actividad mercantil regulada por el CCT 130/1975 arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial adicional equivalente al 10%, a efectivizarse en forma escalonada según el siguiente esquema: * 3% en el mes de octubre de 2018; * 3% en el mes de noviembre de 2018; y * 4% en el mes de enero de 2019. Se aclara que dicho incremento resulta no acumulativo y se tomarán como base de cálculo los valores de los salarios vigentes al mes de marzo de 2018. Recordamos que este aumento se suma al 15% ya acordado en el mes de marzo de este año -pagadero en dos tramos, en abril (10%) y agosto (5%)-, lo que implica un aumento salarial para la actividad equivalente al 25%.

PAGOS EN EFECTIVO AL CPCECABA

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A partir del  1° de julio de 2018  el Consejo no podrá recibir dinero en efectivo respecto de los cobros por cualquier concepto por montos iguales o superiores a 10.000 pesos.  Así surge de la flamante resolución general 4157 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), donde se disponen nuevos requisitos que deben cumplir las entidades exentas para r enovar el certificado de exclusión del Impuesto a las Ganancias.