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Mostrando entradas de enero, 2021

CONTRIBUCIONES PATRONALES: REDUCCIÓN PARA LOS ESTABLECIMIENTOS E INSTITUCIONES RELACIONADOS CON LA SALUD. PRÓRROGA HASTA EL 31/3/2021

Por medio del Dec. (Poder Ejecutivo) 34/2021, publicado en el Boletín Oficial del día sábado 23/1/2021, se exime del pago de contribuciones patronales destinadas al SIPA, hasta el 31/3/2021, respecto de los y las profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares y ayudantes que presten servicios relacionados con la salud.

PROHIBICIÓN DE DESPIDOS

Por medio del Dec. (Poder Ejecutivo) 39/2021, publicado en el Boletín Oficial del día sábado 23/1/2021, se prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 90 días. Asimismo, se extiende la doble indemnización hasta el 31/12/2021 , y a los efectos de establecer el cálculo de la indemnización definitiva, el monto correspondiente a la duplicación no podrá exceder, en ningún caso, la suma de $ 500.000.

IDENTIFICACION DEL COMPRADOR. NUEVOS VALORES APLICABLES.

La AFIP actualiza los importes de las operaciones para que los contribuyentes se encuentren obligados a identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta: En tal sentido deben identificar al adquirente los contribuyentes que efectúan ventas minoristas cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 20.932 ; o cuando la operación sea por un importe superior a $10.466 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados. También deben identificar al consumidor final los sujetos cuya actividad principal sea "comercialización mayorista", salvo que la operación se realice por un importe inferior a $10.466 y sea cancelada por medios electrónicos.

Se fijaron las condiciones para acceder al REPRO II

En el día de hoy se publico en el Boletín Oficial la Resolución 16/2021 del Ministerio de Trabajo. La misma adopta las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa. A través del Repro II, el Estado Nacional aporta una suma de hasta 9 mil pesos mensuales a los empleados de las empresas que accedan al Programa, que desde ahora también incluye a aquellas que se encuentran en situación considerada crítica por la  pandemia (actividades culturales, recreativas y turísticas) y del sector salud.  Según lo dispuesto, los empleadores de menos de 800 trabajadores que accedan al beneficio correspondiente a los salarios devengados de diciembre de 2020, tendrán que reunir los siguientes parámetros:  -- Variación porcentual interanual de la facturación: menor a 10%.  -- Variación porcentual interanual del IVA compras: menor a 10%. -- Endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto): mayor a 0,6. -- Liquidez corriente (activo corriente / pasivo corrient...

Monotributo. Extenderán plazo de recategorización

La AFIP extenderá hasta el 31 de enero el plazo para efectuar la recategorización en el régimen, mediante el dictado de una nueva resolución general próxima a publicar.

IMPUESTO ALAS GANANCIAS DE SOCIEDADES. PROYECYO DE LEY ANULANDO LA BAJA DE TASA.

PRORROGARÁN ALÍCUOTA DEL 30% El Poder Ejecutivo elevo un proyecto de ley que, de ser aprobada, prorrogará por un año la aplicación de la alícuota del 30% en el impuesto a las ganancias para las sociedades de capital. Recordamos que para las sociedades que iniciaban ejercicio a partir del 01/01/2021 la tasa era del 25% . La citada iniciativa pretende ser tratada en las sesiones extraordinarias del Congreso de la Nación.

MONOTRIBUTO-RECATEGORIZACION ENERO 21

La AFIP informa que la recategorización en el monotributo debe realizarse el 20/1/21 teniendo en cuenta los parámetros vigentes desde el 1 de enero de 2020, que no fueron actualizados. Distintas entidades que nuclean a los profesionales de ciencias económicas, presentaron notas al fisco solicitando prórroga en el plazo de la recategorización y una adecuación de los parámetros aplicables ; pedidos que a la vista de los acontecimientos no serían atendidos. Recordamos que existe un proyecto de ley presentado ante el Congreso de la Nación, en el cual se estipula una adecuación en los distintos tramos de las escalas, que de ser aprobado seria publicado una vez expirados los plazos de la recategorización.

IMPUESTO DE SELLOS CABA - BILLETERA ELECTRONICA DE AFIP -

Aunque a simple vista los dos conceptos enunciados en el titulo son independientes entre si, creemos oportuno hacerte saber lo siguiente:  " Desde el 01/01/2021, comenzó a regir en CABA el impuesto de sellos sobre las liquidaciones o resúmenes de tarjetas de crédito o de compra que estará a cargo de los titulares de las mismas. El impuesto es del 1,2% y se calcula sobre los débitos o cargos del período incluidos en la liquidación o resumen, sin importar el concepto ni la moneda en que se realice. Dicha modificación se aplicó a través del Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, y será responsable de recaudar el impuesto de las emisoras de las Tarjetas de Crédito." Muchos contribuyentes utilizan el sistema de debito automático para cancelar sus obligaciones fiscales con la AFIP, las cuales quedarían gravadas con el impuesto de sellos según el párrafo anterior. Para ello, además de pagar por los medios electrónicos disponibles, también lo podes hacer utilizando el servic...

PROYECTO DE LEY DEL EJECUTIVO PARA REFORMA EN EL MONOTRIBUTO

Las principales modificaciones: - Se permitirá la permanencia en el régimen de aquellos contribuyentes monotributistas que hubieran excedido hasta en un 25% el límite superior de la categoría vigente según la actividad de la que se trate. - Se establece un “Procedimiento Transitorio de Acceso al Régimen General” con diferentes beneficios, como por ejemplo, el cómputo del crédito fiscal por compra de bienes, locaciones o prestaciones de servicios y un crédito fiscal adicional en el impuesto al valor agregado. Por su parte en el impuesto a las ganancias se permitirá computar determinados gastos deducibles y una deducción especial. - Se prevén beneficios para pequeños contribuyentes cumplidores que voluntariamente, y a pesar de estar suspendido el procedimiento de exclusión del Régimen Simplificado, se inscriban en el Régimen General.

LA AFIP DIO A CONOCER LAS ESCALAS DE IMPUESTO Y DEDUCCIONES PARA 2021

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