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Mostrando entradas de enero, 2024

IGJ. NUEVO PLAZO DE DURACION DE LAS SOCIEDADES.

La Inspección General de Justicia (IGJ) resolvió derogar la Resolución General 1/2022, la cual había fijado un plazo máximo de duración para las sociedades, el cual no podría exceder los 30 años a contar desde su inscripción ante la IGJ.

BCRA. Liberan el mercado de cambios para el 80% de las MiPyMEs

A través de un comunicado de prensa, el Banco Central de la República Argentina conjuntamente con la Secretaria de Comercio de la Nación, habilitará el acceso al mercado de cambios a cerca de 10.000 empresas dentro de la categoría micro, pequeña y mediana (MiPyME) con deudas declaradas por hasta USD 500.000 para que puedan cancelar la totalidad de sus compromisos con el exterior entre los meses febrero y abril.

IMPUESTOS INTERNOS. ACTUALIZACION DE IMPORTES.

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El poder Ejecutivo, mediante el Decreto 84/2024, fija a los fines de la aplicación del Impuesto Interno respecto de determinados bienes, dejar transitoriamente sin efecto el impuesto para aquellas operaciones cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales, sea igual o inferior a $19.826.151,00.  Aquellas operaciones cuyo precio de venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales, sea superior a dicha suma, se someten a la siguiente escala de impuesto:

AFIP. SE ACTUALIZARON LAS TASAS DE INTERES RESARCITORIO Y PUNITORIO.

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Tasas de Interes: Desde 01/02/2024 al 31/03/2024 Interes Resarcitorio: 15,27% mensual (antes 5,91%) Interes Punitorio: 17,62% mensual (antes 7,37%)

Proyecto de ley del Impuesto a los Ingresos Personales.

Recordamos que el régimen de retención del Impuesto a las ganancias para empleados en relación de dependencia y jubilados había sido reemplazado por el Impuesto Cedular a los mayores ingresos, actualmente vigente. Su principal característica es que deja fuera del alcance del gravamen a las remuneraciones y/o haberes brutos que no superen 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (hoy $156.000, lo que eleva a $2.340.000,00 el Minimo Imponible) correspondientes al mes de enero y julio de cada año. Según los fundamentos del Proyecto, el impuesto será progresivo y las escalas se actualizarán por el Índice de Precios al Consumidor periódicamente para acompañar el proceso inflacionario que cursa nuestro país. Es importante aclarar que, de prosperar el proyecto tal como se dio a conocer, se deja sin efecto la “Deducción Especial Adicional” implementada en 2021 que neutralizaba o morigeraba el efecto del impuesto para un determinado rango de rentas y para las restantes se aplicaba la tabla vigente...