A partir del 1° de noviembre de 2026 los empleadores del sector privado deberán empezar a aportar al Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Más allá del aporte en sí, surge una pregunta práctica: ¿cómo se registra y cómo se muestra en los estados contables? Resumimos lo esencial. El FAL en pocas palabras Tema Qué hay que saber Norma Ley 27.802 de Modernización Laboral (Título II) y Decreto 408/2026 Vigencia 1° de noviembre de 2026 Aporte mensual 1% de la masa salarial (grandes empresas) / 2,5% (PyMEs) Costo neto Se compensa con una baja equivalente de las contribuciones patronales Dónde va el dinero A una cuenta individual del empleador (no por trabajador), invertida en FCI o fideicomisos financieros Para qué se usa Para pagar indemnizaciones, preavisos y otras indemnizaciones laborales ...