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Prórroga para Ganancias y Bienes Personales 2025 y cálculo de los anticipos 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso extender hasta el 13 de octubre el plazo para la presentación de las declaraciones juradas anuales del período fiscal 2025 correspondientes a Personas Humanas . Es fundamental tener en cuenta que esta prórroga no modifica el cronograma de vencimientos de los anticipos del período fiscal 2026 , los cuales mantienen sus fechas originales: 1.° Anticipo 2026: vence el 24 de septiembre de 2026 . 2.° Anticipo 2026: vence entre el 13 y el 15 de octubre de 2026 (según terminación de CUIT). ¿Cómo ingresar los anticipos si aún no se presentó la DDJJ 2025? Dado que la presentación de la declaración jurada puede postergarse más allá del vencimiento del primer pago a cuenta, el organismo estableció el mecanismo especial para determinar e ingresar el primer y/o segundo anticipo cuando estos no figuren calculados en el sistema "Cuentas Tributarias" . En estos casos, la base de cálculo debe determinarse de forma manual e ingres...

El Senado convirtio en Ley la llamada Inocencia Fiscal II

  Inocencia Fiscal II: qué cambia respecto de la Ley 27.799 El 17 de septiembre el Senado convirtió en ley la reforma del Régimen Simplificado de Ganancias. Se eliminan los topes de acceso, se redefine la discrepancia significativa y se agrega una vía para corregir errores sin perder beneficios. Lo esencial Ya no hay tope de ingresos ni de patrimonio para adherir. La discrepancia significativa se mide sobre el impuesto determinado y tiene un piso de $5 millones. Hay 15 días hábiles para rectificar tras la notificación de ARCA. Las multas formales bajan 25% para MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro. Antes y ahora, punto por punto Elaboración propia sobre la Ley 27.799 y el texto sancionado por el Senado el 17/09/2026. Sujeto a promulgación y reglamentación. Tema Antes (Ley 27.799) Ahora (Inocencia Fiscal II) Tope de ingresos $1.000 millones Sin tope Tope de patrimonio $10.000 millones Sin tope Base del 15% de discrepancia Saldo de impuesto a...

CABA-Prorroga al 1° de enero de 2027 la obligación de discriminar la incidencia de Ingresos Brutos en los comprobantes

Ingresos Brutos discriminado en comprobantes: nueva prórroga hasta enero 2027 La AGIP prorrogó hasta el 1° de enero de 2027 el plazo para que los contribuyentes adecuen sus sistemas y discriminen el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en los comprobantes emitidos a consumidores finales. La medida surge de la Resolución 339/2026 y reemplaza el plazo anterior, que vencía el 30/09/2026 (Resolución AGIP 312/2026). Motivos de la prórroga Según AGIP, la decisión responde a los planteos de distintos sectores —entre ellos la Unión Industrial Argentina y COPAL— que pidieron más tiempo para adecuar sus sistemas técnicos e informáticos. También se tuvo en cuenta la existencia de regímenes similares en otras jurisdicciones y un pedido de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor de la Nación para coordinar los plazos entre las distintas provincias.

REMUNERACIONES PERSONAL DE CASAS PARTICULARES

Aumento y bono para el personal de Casas Particulares (Res. 6/2026) La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares oficializó las nuevas escalas salariales y el pago de una suma extraordinaria para el personal del régimen de la Ley 26.844. Esquema de aumentos Agosto: 1,9% (base julio) Septiembre: 1,8% Octubre: 1,7% Noviembre: 1,6% Diciembre: 1,6% Bono extraordinario (Agosto 2026) Suma no remunerativa por única vez, pagadera con los salarios de agosto según la carga horaria semanal: $20.000 $11.500 $8.000 Este monto se incorporará de forma progresiva a los salarios básicos entre septiembre y noviembre de 2026. Escalas establecidas segun categorias Supervisor/a Mes Hora c/retiro Hora s/retiro Mensual c/retiro Mensual s/retiro Ago-26 $4.920,89 $4.523,11 $564.246,70 $624.313,90 Sep-26 $5.049,58 $4.645,33 $579.493,14 $640.641,55 Oct-26 $5.215,59 $4.805,82 $599.514,52 $661.702,46 Nov-26 $5.344,33 $4.928,28 $614.791,27 $678.036,40 Dic-26 $5.429,84 $5.007,14 $624.627,93 $688.884,...

Compras a monotributistas: ¿cuánto puedo deducir en Ganancias?

  La clave está en si el proveedor es "recurrente" o no — y ahí cambia todo. Cuando una empresa o profesional le compra bienes o servicios a un monotributista, el Impuesto a las Ganancias impone un tope a lo que se puede deducir de ese gasto. Pero la limitación no es pareja: depende de si ese proveedor opera de manera recurrente o no. Regla rápida: si el monotributista es un proveedor recurrente, la compra se deduce sin límite. Si no lo es, entran a jugar los topes del 2% y el 8%. ¿Cuándo un proveedor es "recurrente"? Según la RG AFIP 4309/2018, se considera recurrente cuando en el ejercicio hubo: Más de 23 operaciones de compras, o Más de 9 operaciones de locaciones o prestaciones de servicios. Un dato importante que aclaró el Tribunal Fiscal (caso "Digital Radio SRL"): una "operación" no equivale a una factura. Se cuenta según la naturaleza económica del servicio u obra contratado, no según cuántos comprobantes emitió el proveedor. ¿Proveed...

Proyecto "Inocencia Fiscal II"

 Análisis de las modificaciones propuestas al Régimen Simplificado de Ganancias y a la Ley 11.683 1. Eliminación de Topes de Ingresos y Patrimonio Inclusión más amplia: Se eliminan los límites legales previos para acceder al régimen simplificado ($1.000 millones de ingresos y $10.000 millones de patrimonio) . Grandes Contribuyentes: Se habilita su adhesión únicamente para la presentación y pago en término de las declaraciones juradas, aclarando que no gozarán de la presunción de exactitud ni del efecto liberatorio ni de los beneficios adicionales del régimen . 2. Ajustes en la Discrepancia Significativa y Prescripción Abreviada Nuevos parámetros: La causal del 15% se medirá sobre el incremento del impuesto determinado o la reducción de quebrantos impositivos (y no sobre saldos a favor) . Piso de materialidad: Para la causal porcentual, se fija un umbral mínimo equivalente al 5% del monto previsto para la evasión simple en el Régimen Penal Tributario (actualmente equ...

MONOTRIBUTO UNIFICADO CABA-Nuevos valores a pagar a partir del 1° de agosto 2026-

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La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), mediante la Resolución 285/2026, establece los nuevos valores a pagar a partir del 1° de agosto de 2026: