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RELEVAMIENTO DE ACTIVOS Y PASIVOS EXTERNOS. Nuevo esquema de presentación desde el año 2026

El Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la  Comunicación “A” 8304 , introdujo cambios en la normativa del Relevamiento de Activos y Pasivos Externos (Comunicación “A” 6401), reduciendo el universo de sujetos alcanzados por la obligación. La medida entrará en vigencia en enero de 2026 , período en el cual el BCRA finalizará la adecuación de los sistemas de captación y procesamiento de la información. A partir de los datos correspondientes al  primer trimestre de 2026 , la declaración del Relevamiento de Activos y Pasivos Externos se regirá por los siguientes lineamientos:  Muestra principal : todas las personas jurídicas o humanas que cuenten con un saldo de activos y pasivos externos por un valor  igual o superior a US$ 10 millones  a fin de cualquier trimestre calendario, deberán realizar la presentación de manera trimestral. El declarante mantendrá esa condición durante todo el año calendario. En caso de que el declarante deje de r...

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