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Mostrando entradas de diciembre, 2024

Extienden la suspensión de los “certificados de exclusión” para importaciones definitivas de bienes hasta el 30 de junio de 2025.

Se extiende hasta el 30/6/2025 la suspensión de la aplicación de los certificados de exclusión para los regímenes de percepción de los impuestos a las ganancias e IVA sobre operaciones de importación definitiva de bienes. 

Nuevo plan de facilidades de pago para las MiPyMEs, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes.

La ARCA estableció un plan de facilidades de pago para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes, para regularizar deudas tributarias, vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024 , en hasta 4 años. El acogimiento al presente régimen podrá realizarse desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025 , ambos inclusive, a través del sistema informático “Mis Facilidades”. Se encuentran incluidas en el presente régimen las siguientes obligaciones: - Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidos sus intereses y multas. - Retenciones y percepciones impositivas. - Obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses. La cantidad máxima de cuotas y la tasa de interés de financiación de los planes de facilidades de pago varían según el tipo del co...

JUICIOS DE EJECUCIÓN FISCAL Y MEDIDAS CAUTELARES. Suspensión.

El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 1445/2024, encomienda a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a disponer hasta el 31 de julio de 2025, inclusive, la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para los siguientes sujetos: Entidades sin fines de lucro que se encuentren registradas ante la mencionada Agencia de Recaudación y Control Aduanero al momento del dictado de la mencionada Resolución, según parámetros que se determinen y, Contribuyentes pertenecientes al sector de salud, conforme normativa vigente .

Régimen de transparencia fiscal al consumidor. RG ARCA 25614/2024.

En virtud de la Resolución General 5614/2024, se establecen modificaciones a la información que deben mostrar los comprobantes emitidos a consumidores finales, y se determinan fechas para la implementación del “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor”. Durante esta primera etapa, las grandes empresas deberán discriminar en sus facturas el IVA y otros impuestos nacionales indirectos. Asimismo, se deberá incluir en la factura o ticket de compra la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743”. En el caso de empresas grandes, la medida entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2025 mientras que para el resto de los contribuyentes será obligatorio su cumplimiento a partir del 1° de abril de 2025.

NOVEDADES SALARIALES: Nuevo acuerdo para Empleados de Comercio.

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), junto a la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), establecieron un nuevo acuerdo para la actividad mercantil, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, para los meses de noviembre y diciembre 2024.  Se estableció un incremento de carácter no remunerativo del 5% que se abonará en su valor nominal y en dos tramos no acumulativos: 2,5% a partir de noviembre 2,5% a partir de diciembre Será tomado como referencia el salario básico de octubre de 2024 con más los incrementos de carácter no remunerativos a dicha fecha.

DESGRAVACIONES A LAS IMPORTACIONES PARA CONSUMO

Se desgrava del derecho de importación y se exime del pago de la tasa de estadística, a la importación para consumo de mercadería que ingrese al territorio aduanero a través del Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier. El citado tratamiento opera hasta un valor FOB equivalente US$ 400 por envío , cuando no exista finalidad comercial por hasta un máximo de 5 envíos por año y por persona. En caso de superarlo, el excedente no quedará alcanzado por estos beneficios.

IMPORTACIÓN DE MERCADERÍAS A TRAVÉS DE COURIER.

A través de la Resolución General 5608/2024, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aprueba las normas relativas a la importación y exportación simplificada de mercaderías por parte de empresas habilitadas como Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier. Dichos prestadores deberán encontrarse inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales. En el caso de envíos recibidos desde el exterior, los mismos deberán estar destinados a personas humanas o jurídicas y el valor FOB de dichas mercaderías no puede exceder los U$S 3.000 por cada envío Courier. Para el caso de la exportación el valor FOB de las mercaderías no debe exceder los U$S 3.000 para cada remitente del envío.