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Mostrando entradas de septiembre, 2024

RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO REGISTRADO. Reglamentación.

La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General 5577/2024, reglamenta el Régimen de Promoción del Empleo Registrado establecido por la Ley 27.742. Los empleadores del sector privado podrán registrar o rectificar las relaciones laborales iniciadas con anterioridad al 5 de julio de 2024 y que se encuentren vigentes a la fecha de adhesión. Dicha regularización podrá efectuarse hasta el 24 de diciembre de 2024, inclusive. Asimismo, determina el procedimiento a los fines de regularizar las relaciones laborales y establece precisiones respecto a sus efectos, porcentajes de condonación de deuda, y modalidades de pago de las obligaciones adeudadas.  Por medio del Decreto 847/2024 (B.O. 26/09/2024), el Poder Ejecutivo aprobó la reglamentación del Título IV -Promoción del Empleo Registrado y del Título V -Modernización Laboral de la Ley 27.742. A continuación, se detallan los aspectos clave de esta reglamentación y cómo se aplica en la práctica. 1. Alcance de ...

BLANQUEO. Se extienden los plazos para acceder al Régimen de Regularización de Activos.

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El Ministerio de Economía informa que se extiende 30 días la finalización de cada etapa del Régimen de Regularización. La primera vence el 31/10. El nuevo cronograma de fechas sería el siguiente:  En cuanto a la Regularización del dinero en efectivo en los términos del artículo 31 de la Ley 27.743, se aclara que se podrá realizar el deposito en el banco hasta el 31 de octubre inclusive y podrán ser retirado a partir del 1° de noviembre. Asimismo, el comunicado refiere a la disposición de fondos depositados con anterioridad al 30/09 aclarando que: “Solamente el efectivo regularizado hasta el 30 de septiembre, podrá ser retirado parcial o totalmente a partir del 1°de octubre, tal como fuera estipulado originalmente. A partir del día en que se retira cualquier monto en efectivo, no se podrán regularizar montos adicionales”

AUTONOMOS. Nuevos valores a partir de septiembre 2024.

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Se traslado el dia del empleado de comercio.

La FAECYS acordó con las Cámaras Empresarias del sector, trasladar la conmemoración del día del Empleado de Comercio al lunes 30 de septiembre del corriente año. Cada año dicha celebración se realiza el 26 de septiembre, aunque en esta ocasión las partes signatarias del CCT 130/75 acordaron su traslado. En dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales. Los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante el lunes 30, con todos los efectos y alcances de la mencionada Ley 26541.

Baja del impuesto pais.

Se reduce al 7,5% la alícuota del Impuesto PAÍS para las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas por residentes en el país, para el pago de obligaciones por la importación de determinados bienes y por la adquisición de servicios de fletes y otros servicios de transporte por operaciones de comercio exterior. Las presentes disposiciones resultan de aplicación para las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas desde el 3/9/2024.