GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS E IVA.
La AFIP ha determinado lo siguiente:
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Se prorroga al 26 y 27/5/2020 el plazo para la presentación y pago de la
declaración jurada del impuesto a las ganancias 2019 de las personas jurídicas
cuyo cierre de ejercicio haya operado el 31/12/2019.
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Aquellas personas jurídicas contribuyentes y/o responsables del impuesto a las
ganancias con cierres de ejercicio en el mes de noviembre de 2019, podrán presentar
la Memoria, Estados Contables e Informes del Auditor correspondientes al año
2019, hasta el 30/6/2020.
- Se prorroga la presentación y pago del IVA correspondiente al mes de abril de
2020 hasta los días 20/5, 21/5 y 22/5 según la terminación del número de CUIT.
- Las personas jurídicas contribuyentes del impuesto a las ganancias podrán
acceder al Miniplan -RG (AFIP) 4057-E- para regularizar las deudas del impuesto
hasta el 30/6/2020, ingresando un pago a cuenta del 25% y en hasta 3 cuotas, no
teniéndose en cuenta la categorización de SIPER.
- Se podrán incluir en el régimen de facilidades de pago permanente las
obligaciones de IVA de las MiPyME con pago diferido.
- Se incrementa de 3 a 6 la cantidad de planes vigentes del régimen del
facilidades de pago permanente para las grandes empresas.
Señalamos que las adecuaciones en “MIS FACILIDADES”, estarán disponibles a
partir del día 14 de mayo de 2020.