Inocencia Fiscal: antecedente favorable para los adheridos a Ganancias Simplificado
La Unidad de Información Financiera dictó la Resolución 144/2026, que completa la reglamentación del régimen de Inocencia Fiscal en materia de prevención de lavado de activos. La norma fija cómo deben tratar los bancos y demás sujetos obligados a las personas humanas y sucesiones indivisas adheridas al Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias cuando ingresan fondos o activos al sistema financiero formal. ¿A quién alcanza? A todos los sujetos obligados del artículo 20 de la Ley 25.246 (entidades financieras, ALyCs, escribanos y profesionales, entre otros), cuando intervengan en las operaciones previstas en el artículo 40 bis de la Ley 27.799. Antecedente favorable La adhesión acreditada al régimen simplificado deja de ser un dato neutro: el sujeto obligado debe considerarla como un antecedente favorable y un factor mitigante al evaluar el perfil de riesgo del cliente. En concreto: Los depósitos o pagos en efectivo no configuran, por sí solos, un indi...