Nuevas facilidades de pago para empresas en concurso o quiebra

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Nuevas facilidades de pago para empresas en concurso o quiebra

ARCA actualizó el régimen especial y lo hizo más accesible: más cuotas, menos intereses y cobertura ampliada de deudas.

RG ARCA 5873/2026 · Vigencia: 15 de julio de 2026

A través de la Resolución General 5873/2026, ARCA actualizó el régimen especial de facilidades de pago diseñado para estos casos, incorporando condiciones más favorables para regularizar las deudas impositivas y previsionales con el fisco.

Estas nuevas reglas entrarán en vigencia el 15 de julio de 2026. A continuación, explicamos los puntos clave.

¿A quién está dirigido?

El régimen alcanza a contribuyentes y responsables que se encuentren en alguna de estas situaciones:

  • En concurso preventivo, una vez homologado el acuerdo preventivo.
  • En quiebra, cuando el proceso concluya por avenimiento.
  • También pueden adherirse responsables solidarios y terceros vinculados al proceso concursal, bajo ciertas condiciones.

Quedan excluidas, entre otras, las personas o empresas con condenas firmes por delitos tributarios, aduaneros o comunes relacionados con el incumplimiento fiscal.

¿Qué deudas se pueden incluir?

La resolución amplía los conceptos de deuda que pueden incorporarse al plan. Entre los excluidos se encuentran determinados aportes a la seguridad social, cuotas de aseguradoras de riesgos del trabajo (ART), regímenes especiales de empleo, ciertos reintegros indebidos y multas aduaneras específicas.

Como novedad, se habilita la inclusión de créditos fiscales detectados en instancias de verificación tardía, algo que el régimen anterior no contemplaba.

Las condiciones financieras

ConceptoCondición
Cantidad de cuotasHasta 60 o 120 cuotas mensuales según el tipo de deuda
Monto mínimo de cuota$ 50.000
Tasa de interés50% de la tasa resarcitoria vigente a la fecha de consolidación del plan
Presentaciones por tipo de planSolo 1 presentación por cada tipo
La aprobación no es automática

ARCA evaluará cada caso considerando el historial de cumplimiento del contribuyente, la documentación aportada y el monto involucrado. Dependiendo de la magnitud de la deuda, puede intervenir más de un nivel jerárquico dentro de la administración tributaria.


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