Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL): Claves del Decreto 315/2026

Se ha reglamentado el nuevo Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), una herramienta diseñada para reducir significativamente el costo de contratación de personal en el sector privado. A continuación, presentamos un análisis detallado de su aplicación y beneficios para los empleadores.

1. ¿Quiénes pueden acceder y qué límites tienen?

El decreto establece condiciones diferenciadas según la trayectoria del empleador:

  • Empleadores con trayectoria (Inscriptos antes del 10/12/2025): Pueden incorporar nuevos trabajadores bajo este régimen sin límites sobre su nómina actual.

  • Nuevos empleadores (Inscriptos desde el 10/12/2025): El beneficio podrá aplicarse hasta un máximo del 80% de su nómina total de trabajadores.

  • Perfil del ingresante: El trabajador debe haber estado fuera del empleo formal recientemente (desocupados, trabajadores independientes/monotributistas o ex agentes del sector público).

2. Estructura de Beneficios: Reducción del Costo Laboral

El incentivo consiste en una alícuota diferencial de contribuciones patronales durante los primeros 48 meses de la relación laboral.



3. Condiciones de Vigencia y Operatividad

  • Plazo de contratación: Las altas deben producirse entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027.

  • Adhesión Expresa: El beneficio no es automático. El empleador debe ejercer la opción de adhesión formalmente; de lo contrario, no podrá reclamar los beneficios de manera retroactiva.

  • Incompatibilidad: No es acumulable con otros regímenes de reducción de contribuciones vigentes.

  • Multifuncionalidad del trabajador: El empleado puede generar ingresos adicionales (ej. Monotributo) sin que esto afecte el beneficio otorgado a la empresa.

4. Riesgos y Fiscalización

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será el organismo encargado de la fiscalización. El incumplimiento de los requisitos o las causales de exclusión derivará en la pérdida del beneficio y la obligación de ingresar las contribuciones no abonadas con sus correspondientes intereses y sanciones.


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