CABA. MODIFICACIONES DE LA LEY ARANCELARIA PARA EL 2026.

 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó recientemente la Ley Impositiva 2026 (Ley 6927) y modificaciones al Código Fiscal. El cambio más relevante es la denominación: lo que antes conocíamos como "Ley Tarifaria" ahora se divide en Ley Impositiva (alícuotas y tributos) y Ley Arancelaria (tasas por servicios específicos).

A continuación, presento un cuadro resumen con las modificaciones más significativas respecto al 2025:


Impuesto / ConceptoSituación 2025Nueva Ley 2026Observaciones
Sellos: Créditos Hipotecarios1%0% (Exento)Solo para vivienda única y permanente.
Sellos: Segunda Vivienda3,5%2,7%Reducción para incentivar el mercado inmobiliario.
Sellos: Compra Vivienda ÚnicaExento hasta monto topeExento hasta $226.100.000Se actualizó el monto de la exención.
IIBB: Régimen SimplificadoCuota fija plenaBonificación 100% / 75%Para trabajadores no profesionales de categorías bajas.
IIBB: Venta Automotores 0km3% (promedio)10% (General) / 3%Hubo una polémica por un "error" en la ley; se busca mantener el 3% para concesionarios.
IIBB: Servicios Financieros (No Entidades)5,5%3% o 5%Se eliminó la tasa del 5,5% para rendimientos financieros de empresas no financieras.
ABL / InmobiliarioAjuste inflaciónInflación + 1%Solo para el 37% de las partidas de mayor valor fiscal.
Detalles Clave a Tener en Cuenta

  • Ingresos Brutos (IIBB): Se actualizaron los topes de facturación para la alícuota reducida. Para el 2026, el umbral general para acceder a la alícuota del 3% se fijó en $2.004.000.000 de facturación anual (ejercicio anterior). Si se supera ese monto, la alícuota sube al 5% en la mayoría de los rubros comerciales.

  • Impuesto Inmobiliario / ABL: * Se mantiene el beneficio por Buen Cumplimiento: 10% de bonificación.

    • Pago Anticipado: 10% de descuento.

    • Las partidas de menor valor fiscal solo se ajustarán por inflación, mientras que las de mayor valor tendrán un recargo real del 1%.

  • Patentes: Se mantiene la exención total para autos eléctricos y el esquema de reducción progresiva para híbridos (exentos los primeros 2 años).



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