arca. nuevo plan de facilidades de pago. rg 5711.
La Resolución General (ARCA) 5711/2025 establece un nuevo régimen de facilidades de pago para la regularización de diversas obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social, incluyendo multas.
- Deudas incluidas: Podrán regularizarse deudas vencidas hasta el 30 de abril de 2025, inclusive.
- Vigencia: El plan estará disponible a partir del 1° de julio de 2025.
- Beneficios: Permite el pago de las deudas en cuotas, aunque no implica una reducción total o parcial de intereses ni liberación de sanciones.
- Tipos de contribuyentes y condiciones: Las condiciones (cantidad máxima de cuotas, porcentaje del pago a cuenta y tasa de interés de financiación) varían según el tipo de contribuyente:
- Personas humanas, sucesiones indivisas, Micro y Pequeñas Empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud: Hasta 60 cuotas con un pago a cuenta del 10%.
- Medianas Empresas (tramos 1 y 2, excepto personas humanas y sucesiones indivisas): Hasta 48 cuotas con un pago a cuenta del 15%.
- Resto de los contribuyentes: Hasta 36 cuotas con un pago a cuenta del 20%.
- Tasa de interés: La tasa de interés de financiación es fija y equivale al 50% del interés resarcitorio vigente (actualmente 2% al 13/06/2025, es decir, el 50% del 4%).
- Exclusiones: Se establecen exclusiones para ciertos sujetos y obligaciones:
- Retenciones y percepciones previsionales (salvo los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia).
- Anticipos y/o pagos a cuenta.
- Ciertas obligaciones relacionadas con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), como las que corresponden a:
- Servicios del exterior utilizados en el país.
- Servicios digitales
- Servicios prestados en el país por sujetos radicados en el exterior (incluso cuando el solicitante sea un responsable sustituto).
- Aportes y contribuciones a obras sociales (excepto para monotributistas).
- Cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
- Aportes y contribuciones del servicio doméstico y personal de casas particulares.
- Aportes y contribuciones mensuales con destino al RENATRE y al RENATEA.
- Impuestos internos sobre cigarrillos.
- Cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.
- Tributos relacionados con infracciones al régimen de equipaje.
- Intereses y multas sobre los conceptos excluidos.
- Sujetos Excluidos:
Aquellos que hayan sido condenados por delitos tributarios o conexos con sentencia firme.Responsables solidarios respecto de las obligaciones comprendidas por ejercer tal carácter.Garantes de obligaciones impositivas y aduaneras.
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