ARCA limita el pedido de declaraciones juradas: Fin a la exigencia por secreto fiscal. RG 5696 ARCA.

La Resolución General 5696 de la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), vigente a partir del 23 de mayo de 2025, introduce una limitación al requerimiento de declaraciones juradas de impuestos nacionales por parte de los Sujetos Obligados a informar a la Unidad de Información Financiera (UIF).

En concreto, la ARCA establece que estos Sujetos Obligados deben abstenerse de solicitar a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos nacionales presentadas ante la Agencia. Esta medida se basa en el secreto fiscal que ampara dicha información (Artículo 101 de la Ley N° 11.683) y busca proteger la privacidad de los contribuyentes.

La resolución argumenta que, si bien el secreto fiscal es renunciable, la asimetría en las relaciones entre proveedores de servicios y clientes, donde el acceso a un servicio se condiciona a la entrega de esta documentación, puede afectar derechos protegidos y desnaturalizar el carácter voluntario de la renuncia.

Esta prohibición no exime a los Sujetos Obligados de cumplir con otras normativas vigentes relacionadas con sus funciones en la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. De hecho, se menciona la implementación de un Sistema de Finanzas Abiertas por parte del Banco Central de la República Argentina, que permitirá a los sujetos obligados acceder a información financiera relevante con el consentimiento expreso de los clientes, haciendo innecesario el requerimiento de las declaraciones juradas.

En definitiva, la RG 5696 busca reafirmar el principio del secreto fiscal, proteger la privacidad de los ciudadanos y evitar prácticas que, en la práctica, obliguen a revelar información sensible, al mismo tiempo que se promueve la eficiencia en la obtención de datos por parte de las entidades obligadas.

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