Liquidación de Impuesto a las Ganancias 4ta. Categoría Relación de Dependencia

La Resolución General AFIP 5531/2024 establece que, a partir de julio, el cálculo de retenciones se realizará de la siguiente forma:

Ingresos devengados desde el 1/07/2024 y percibidos hasta el 31/08/2024, utilizando las deducciones y escalas del impuesto conforme la Ley 27.743.

En septiembre se actualizarán de manera excepcional los montos de deducciones personales y la escala del impuesto. El coeficiente de actualización se basará en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024.

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