IMPUESTO BANCARIO. Reducción de alícuota para empleadores inscriptos en el REFES.

Mediante la Resolución General AFIP 5449/2023 se establece que los empleadores inscriptos en el Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES) alcanzados por el beneficio de alícuota reducida entre el 1 de septiembre de 2023 y 31 de marzo de 2024 deberán inscribirse en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias en los términos de la Resolución General AFIP 3900/2016. 

Comentarios