IVA Y AUTÓNOMOS. Prórroga para los meses de septiembre a diciembre 2023 --RG 5422/2023 AFIP--
La AFIP reglamentó, a través de la Resolución General 5422/2023, la prórroga en el vencimiento de las siguientes obligaciones de pago:
- aporte personal de los trabajadores autónomos, -excepto directores, administradores y socios de sociedades- y
- del impuesto al valor agregado a ingresar por dichos sujetos, correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023.
A su vez se establece como fecha de vencimiento especial para el ingreso del aporte personal de los trabajadores autónomos correspondiente al mes de septiembre de 2023 de los directores, administradores y socios de sociedades, el día 23 de octubre de 2023 para todas las terminaciones de la CUIT.
A continuación, las fechas que para cada caso se indican:
a) Aporte personal de los trabajadores autónomos, cualquiera fuera la categoría que revistieren, correspondiente a los períodos:
SEPTIEMBRE Y OCTUBRE DE 2023
TERMINACIÓN DE CUIT | FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO |
0, 1, 2 y 3 | 5 de marzo de 2024 |
4, 5 y 6 | 6 de marzo de 2024 |
7, 8 y 9 | 7 de marzo de 2024 |
NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2023
TERMINACIÓN DE CUIT | FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO |
0, 1, 2 y 3 | 5 de abril de 2024 |
4, 5 y 6 | 8 de abril de 2024 |
7, 8 y 9 | 9 de abril de 2024 |
b) Impuesto al valor agregado a ingresar correspondiente a los períodos fiscales:
SEPTIEMBRE Y OCTUBRE DE 2023
TERMINACIÓN DE CUIT | FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO |
0 y 1 | 18 de marzo de 2024 |
2 y 3 | 19 de marzo de 2024 |
4 y 5 | 20 de marzo de 2024 |
6 y 7 | 21 de marzo de 2024 |
8 y 9 | 22 de marzo de 2024 |
NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2023
TERMINACIÓN DE CUIT | FECHA DE VENCIMIENTO DE PAGO |
0 y 1 | 18 de abril de 2024 |
2 y 3 | 19 de abril de 2024 |
4 y 5 | 22 de abril de 2024 |
6 y 7 | 23 de abril de 2024 |
8 y 9 | 24 de abril de 2024 |
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