BONO FIJO PARA TRABAJADORES. DECRETO 438/23.
El Poder Ejecutivo establece una asignación no remunerativa por única vez para trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Nacional y en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo Para el Personal de Casas Particulares.
La asignación no remunerativa para los trabajadores en relación de dependencia en el sector privado de $60.000 será abonada en dos tramos. La primera cuota de $30.000 integrará las remuneraciones del mes de agosto pudiendo ser abonada hasta el día 21 de setiembre 2023, mientras que la segunda deberá abonarse con los salarios devengados en el mes de septiembre de 2023.
Además, para los trabajadores sujetos al Régimen de Casas Particulares el bono ascenderá a la suma de $25.000 que será abonado en dos cuotas de $12.500 con los salarios devengados en agosto y septiembre de 2023.
Las Micro y Pequeñas Empresas pueden compensar en un 100% o en un 50% respectivamente, los montos pagados en concepto de asignaciones no remunerativas, con las sumas que deban abonar por contribuciones patronales a la seguridad social, mientras que los dadores de trabajo del Personal de Casas Particulares que cumplan determinadas condiciones podrán solicitar el reintegro del 50% del importe abonado.
Por otra parte, se encomienda a la AFIP a prorrogar los vencimientos para el pago del Impuesto al Valor Agregado y de las contribuciones de la seguridad social y en el caso del monotributo por los meses de septiembre 2023 a febrero 2024 para los sujetos comprendidos en las categorías A, B C y D.
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