SE MOFICICO EL REGIMEN DE ANTICIPOS DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA LAS PERSONAS JURIDICAS.

La AFIP a través de la Resolución General 5388/2023 readecúa el cálculo de los anticipos del Impuesto a las Ganancias, para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramos 1 y 2, estableciendo un porcentaje único en cada cuota. 

De este modo se ingresarán 10 anticipos del 10% cada uno 

En tanto los demás contribuyentes aplicarán un anticipo del 25% y los 9 restantes será del 8,33% c/u.

Las presentes modificaciones serán de aplicación para los ejercicio que se inicien el Agosto 2023.



 

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