Régimen de Regularización Tributaria para el Estado Nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Municipios

Contempla la condonación de deudas tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 31 de octubre de 2022, cualquiera sea el estado en que se encuentren. 

La condonación alcanza al capital adeudado, los intereses resarcitorios y/o punitorios, multas y demás sanciones.

Exclusiones:

Aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales.

Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

Los contribuyentes deberán presentar las solicitudes de condonación correspondientes ante la autoridad de aplicación consignando los montos y conceptos que se pretenden regularizar, manifestando su compromiso de regularización de su situación fiscal y de desistimiento de los procesos judiciales.

La regularización no obsta al cómputo de los aportes con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que correspondan a los efectos de los beneficios jubilatorios.


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