IGJ. NUEVO PLAZO MAXIMO DE DURACION PARA LAS SOCIEDADES.

La Resolución General (IGJ) 1/2022 establece que a partir del 01/02/2022 todo instrumento constitutivo, contrato social o estatuto de sociedad comercial que deba ser inscripto ante dicho Organismo debe fijar un plazo de duración que no exceda los 30 años contados desde su Inscripción. 

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