IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA EMPRESAS NUEVAS ALICUOTAS.
Nueva Escala Progresiva
Ganancia Neta Imponible Acumulada |
Pagarán $ |
Más el % |
Sobre el excedente de |
|
Mas de $ |
A $ |
|||
$ 0 |
$ 5.000.000 |
$ 0 |
25% |
$ 0 |
$ 5.000.000 |
$ 50.000.000 |
$ 1.250.000 |
30% |
$ 5.000.000 |
$ 50.000.000 |
En adelante |
$ 14.750.000 |
35% |
$ 50.000.000 |
La escala también resulta de aplicación para los establecimientos permanentes, sin perjuicio de la tasa adicional del siete por ciento (7%) al momento de remesar las utilidades a su casa matriz.
Los montos se ajustarán anualmente, a partir del 1° de enero de 2022 según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste. Los importes actualizados serán de aplicación para los ejercicios fiscales que se inicien con posterioridad a la misma.
Dividendos y utilidades
La renta de personas humanas y/o sucesiones indivisas derivada de dividendos y utilidades similares estará alcanzada a la alícuota de 7%.
Recordamos que el texto original, preveía la alícuota del 13% para los ejercicios que se iniciaran a partir del 1/1/2021.
Las presentes disposiciones surtirán efecto para los ejercicios fiscales o años fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2021.
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