MONOTRIBUTO. EL PODER EJECUTIVO REGLAMENTO LAS MODIFICACIONES AL REGIMEN.
Mediante la publicación en el día de la fecha del Decreto 337/2021, el Poder Ejecutivo reglamentó las modificaciones efectuadas al régimen, así como el procedimiento transitorio de acceso al Régimen General, facultando a la AFIP a establecer las modalidades, plazos y condiciones para instrumentar las presentes modificaciones y establecer los plazos adicionales para contemplar la situación de los monotributistas que superaron los parámetros vigentes a partir del 1/1/2021.
No obstante, la AFIP debe difundir los nuevos valores de las categorías para el año 2021 y también a partir de cuándo se debe discriminar el IVA en las operaciones de venta de Responsables Inscriptos a Monotributistas. La presente reglamentación debe ser complementada por la resolución general del Organismo que será publicada próximamente.
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