Facilidades de Pago: Ganancias y Bienes Personales
Mediante su Resolución General 4959 AFIP establece que con carácter de excepción y hasta el 30 de septiembre de 2021, inclusive, las obligaciones del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales de los contribuyentes y/o responsables se podrán regularizar en los términos de la Resolución General N° 4.057 con las siguientes condiciones:
Hasta 3 cuotas.
Pago a cuenta del 25%.
Sin considerar la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) en la que dichos sujetos se encuentren incluidos -siempre que se trate de las Categorías A, B, C o D-.
Las adecuaciones previstas en la presente se encontrarán disponibles en el sistema “MIS FACILIDADES” desde el día 12 de abril de 2021, inclusive.
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