LA AFIP REGLAMENTO EL IMPUESTO A LA RIQUEZA.

La AFIP reglamentó la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia de coronavirus. La normativa del organismo establece que los sujetos alcanzados por el denominado impuesto a la riqueza deberán realizar la presentación de la declaración jurada y el ingreso del saldo resultante hasta el día 30 de marzo de 2021, inclusive. La fecha a considerar para la valuación de los bienes es la de entrada en vigencia de la Ley, es decir el 18 de diciembre de 2020.  La Resolución General dispone que el régimen de información también deberá ser cumplido por sujetos no alcanzados por el aporte cuyos bienes, valuados al 31 de diciembre de 2019, alcanzaban una suma igual o superior a $130 millones, y por aquellos cuyos bienes valuados al 31 de diciembre de 2018 alcanzaban una suma igual o superior a $80 millones. “En estos casos, deberán declarar los bienes de su titularidad al 20 de marzo de 2020 y al 18 de diciembre de 2020”, detalló el organismo. Asimismo, indicó que el plazo para presentar las declaraciones juradas informativas será entre el 22 de marzo y el 30 de abril de 2021, inclusive. 

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