NUEVO VALOR PARA IDENTIFICAR A LOS CONSUMIDORES FINALES


La AFIP actualizo los importes de las operaciones para que los contribuyentes se encuentren obligados a identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta:
En tal sentido debe identificarse al adquirente cuando:
  1. El importe de la operación sea igual o superior a $ 17.472 y sea cancelada con medios electrónicos, o
  2. cuando la operación sea por un importe superior a $ 8.736 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados.

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