SUSPENSIONES POR FUERZA MAYOR. EXTENSIÓN DEL PLAZO. PROCEDENCIA.
Mediante el Decreto 529/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo deja sin efecto los
límites de 30 días y 75 días para las suspensiones por falta o disminución de
trabajo no imputable al empleador o por fuerza mayor .
Asimismo, establece que aquellas
dispuestas en el marco del artículo 223 bis LCT podrán extenderse hasta el cese
del lapso de duración del aislamiento social, preventivo y obligatorio.