EXIMICION PARCIAL Y TRANSITORIA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS AL PERSONAL DE SALUD Y A LAS FUERZAS DE SEGURIDAD
En el día de ayer se promulgo la Ley 27.549. La misma establece una eximición transitoria (desde el 1º de marzo al 30 de septiembre de 2020) del pago del Impuesto a las Ganancias al personal de salud (publica y privada) y de las fuerzas de seguridad (Fuerzas armadas, personal de fuerzas de seguridad, Aduaneras y migratorias), así como también a personal de bomberos y recolectores de residuos domiciliarios y patogénicos. A su vez la norma tiene un alcance restringido ya que exime únicamente a los ingresos derivados del pago de horas extras, guardias y adicionales.El beneficio quedará registrado en los recibos de haberes con el concepto "Exención por Emergencia Sanitaria COVID-19". Los empleadores deberán efectuar los ajustes impositivos retroactivos necesarios en la primera liquidación que se realice a partir de la fecha de promulgación de la ley.