SE PRORROGA LA MORATORIA
Se prorrogan
al 29/5/2020 las mejores condiciones en materia de cantidad de cuotas y un
menor pago a cuenta al que pueden acceder las mipymes por la moratoria
por obligaciones vencidas al 30/11/2019. El acceso para poder acogerse a la moratoria podrá
realizarse hasta el 30/6/2020, pero -como estaba previsto originalmente-
con una cantidad menor de cuotas en todos los casos y con un pago a cuenta
mayor (salvo para el caso de microempresas y entidades civiles sin fines de
lucro, a quienes no se les exige pago a cuenta). El vencimiento de la primera cuota se unifica para
todos los casos el día 16 de julio de 2020.
Se prorroga hasta el 30/6/2020 el plazo para obtener el
Certificado Mipyme y para subsanar obligaciones formales con el objeto
de liberarse de multas y sanciones.
En el caso de refinanciaciones de planes de pago efectuados hasta el 29/5/2020, la
primera cuota vence el mes siguiente al de efectuada la refinanciación, y para
el resto de los planes que se refinancien, la primera cuota vence en el mes de
julio de 2020.