IVA. REDUCCION A TASA CERO

Se establece que, desde el día de hoy y hasta el 31/12/2019, las operaciones realizadas a consumidores finales de los siguientes productos se encuentran gravadas con una alícuota del 0% en el impuesto al valor agregado:
* Aceite de girasol, maíz y mezcla
* Arroz
* Azúcar
* Conservas de frutas, hortalizas y legumbres
* Harina de maíz
* Harinas de trigo
* Huevos
* Leche fluida entera o descremada, con aditivos
* Pan
* Pan rallado y/o rebozador
* Pastas secas
* Yerba mate, mate cocido y té
* Yogur entero y/o descremado