ESPECIAL PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD. PAGOS "CAPITADOS"
La Comisión Arbitral interpreta a través de la Res 4/2019 que para aquellos contribuyentes prestadores de servicios de salud bajo la modalidad denominada "capitada", que deberán atribuirse a la jurisdicción que corresponda al domicilio del afiliado o beneficiario aquellos ingresos provenientes de la prestación del servicio