RENTAS DEL TRABAJO PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. IMPUESTO A LAS GANANCIAS. SUBEN EL MÍNIMO PARA PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA.

Se incrementa, desde el período fiscal 2018, a $ 1.500.000 el importe de las rentas brutas percibidas anualmente a partir del cual resulta obligatorio que los beneficiarios de las rentas presenten la declaración jurada patrimonial ante la AFIP. Cuando supera ese limite se debe informar a la AFIP, lo siguiente:
a) El detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha.
b) El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la ley de impuesto a las ganancias. 

Cabe aclarar que la citada metodología no es aplicable cuando el beneficiario de los ingresos en relación de dependencia, lo sea asimismo de otros ingresos que no están contemplados en la norma.