COMPRAS AL EXTERIOR EFECTUADAS POR CONSUMIDORES FINALES
Se establece, a partir del
1/4/2019, un nuevo procedimiento para recibir las compras que realicen
consumidores finales a proveedores del exterior y que ingresen al país a través
del correo oficial.
Los envíos de mercaderías alcanzados por el presente procedimiento son aquellos
que tengan un valor de hasta (U$ 3.000),
siempre que sean para uso o consumo personal, y que por especie y cantidad no
hagan presumir una finalidad comercial. Los mismos podrán librarse bajo la
modalidad “puerta a puerta”, y los libros, impresos y documentos seleccionados
serán librados bajo este servicio sin la exigencia de confeccionar la
“Declaración simplificada de envíos postales internacionales”.
Recordamos que el Código Aduanero permite despachar con exención de los
tributos que gravan la importación para consumo en el régimen general, con
excepción de las tasas retributivas de servicios, aquellos envíos cuyo valor no
supere el equivalente a cincuenta dólares estadounidenses (U$ 50) por envío,
hasta un máximo de 12 envíos por año y por persona.
Señalamos que a aquellos envíos que al 1/4/2019 no hayan sido librados a plaza
se les aplicará este nuevo procedimiento de entrega.