COMPRAS AL EXTERIOR EFECTUADAS POR CONSUMIDORES FINALES


Se establece, a partir del 1/4/2019, un nuevo procedimiento para recibir las compras que realicen consumidores finales a proveedores del exterior y que ingresen al país a través del correo oficial.
Los envíos de mercaderías alcanzados por el presente procedimiento son aquellos que tengan un valor de hasta (U$ 3.000), siempre que sean para uso o consumo personal, y que por especie y cantidad no hagan presumir una finalidad comercial. Los mismos podrán librarse bajo la modalidad “puerta a puerta”, y los libros, impresos y documentos seleccionados serán librados bajo este servicio sin la exigencia de confeccionar la “Declaración simplificada de envíos postales internacionales”.
Recordamos que el Código Aduanero permite despachar con exención de los tributos que gravan la importación para consumo en el régimen general, con excepción de las tasas retributivas de servicios, aquellos envíos cuyo valor no supere el equivalente a cincuenta dólares estadounidenses (U$ 50) por envío, hasta un máximo de 12 envíos por año y por persona.
Señalamos que a aquellos envíos que al 1/4/2019 no hayan sido librados a plaza se les aplicará este nuevo procedimiento de entrega.