SE GRAVAN LOS DERECHOS A LA EXPORTACIÓN DE SERVICIOS

El Poder Ejecutivo ha establecido a través del Decreto 1201/18, un nuevo régimen de derechos a la exportación de servicios llevados a cabo desde Argentina y cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior. La tasas se establece en el 12%. La misma posee un tope de $4 por cada dolar estadounidense del el valor imponible determinado. La vigencia es de 2 años y opera para todas las facturas que se confeccionen desde el 1/1/2019 y hasta el 31/12/2020. Las exportaciones efectuadas por las Micro y Pequeñas Empresas, en los términos del artículo 2° de la Ley N° 24.467 y sus modificatorias, comenzarán a tributar el derecho establecido en este decreto sobre el monto de exportaciones de prestaciones de servicios que en el año calendario exceda la suma acumulada de dolares estadounidenses seiscientos mil (U$S 600.000).