RENTA FINANCIERA
Hace un año se publicaba la ley 27430, que se dio en llamar la Reforma Tributaria. Asimismo, se fueron dictando decretos reglamentando parcialmente la misma. Ya terminando el año 2018 (recordemos que la vigencia de la Ley 27430 era desde el 01/01/2018), no sabemos con exactitud el tratamiento a dispensar a las denominadas Rentas Financieras. Estamos esperando con ansiedad que el ejecutivo decrete finalmente la reglamentación de las rentas provenientes de tales inversiones. Al momento, solo podemos afirmar que permanecen exentos los ingresos derivados de:
- intereses de colocaciones en cajas de ahorros,
- resultado obtenido por la enajenación de acciones de empresas argentinas que cotizan en bolsa,
- rescate de Fondos comunes de inversión cuando al menos el 70% de la cartera esté compuesta por acciones de empresas argentinas que coticen en bolsa.
Versiones y trascendidos indicarían que se esta pensando en soslayar el impacto impositivo mediante disposiciones que permitirían asignar como un menor costo los intereses de los cupones de los bonos.
Finalmente, parece ir demasiado lento algo tan importante, porque??. Ademas, sera verdaderamente tan fácil de fiscalizar? esta al alcance del ente recaudador?
La respuesta (incluyendo al gobierno) en una frase de Friedrich Nietzche ¨Solo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder¨.