CAMBIOS EN LA DEDUCCIÓN POR HIJO EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

A partir del dictado por parte de la AFIP de la Resolución General 4286, se introducen ciertas modificaciones en el esquema a tener en cuenta para las deducciones en el impuesto a las ganancias de la deducción por hijo. Puntualmente, la deducción en cuestión sera utilizada únicamente por quien detente la responsabilidad parental en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación. Se entiende por responsabilidad parental al “conjunto de deberes y derechos que corresponden a los progenitores sobre la persona y bienes del hijo, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sea menor y no se haya emancipado”. El siguiente cuadro aclara el tratamiento practico:


Por ultimo es de destacar que la aplicación de la citada resolución es a partir del periodo 2018, es decir de efecto retroactivo en el presente año.