AFIP. SICOSS VERSIÓN 41
Modificaciones del decreto 814/2001. Versión 41 del
Sistema Aplicativo SICOSS
La Administración Federal de Ingresos Públicos pone a
disposición la nueva versión 41 del programa aplicativo SICOSS (Sistema de
Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social), aprobado por la resolución
general (AFIP) 4209.
La nueva versión del aplicativo incorpora las siguientes novedades: * Nueva alícuota para cálculo de contribuciones de seguridad social para los empleadores a partir del período febrero de 2018. * Topes bases mínimas y máximas: Se receptan los valores dispuestos por la resolución (ANSeS) 28/2018 a partir de marzo de 2018. * Seguro colectivo de vida obligatorio: Modificación de la prima individual a partir de marzo de 2018. Nuevo valor $ 11,28. * Incorporación de un nuevo campo “Remuneración 10”, que será la base de contribuciones de seguridad social en el caso de trabajadores en los que se aplique la detracción prevista en el artículo 4 del decreto 814/2001. Vigencia Recordamos que la obligación de utilizar esta nueva versión del SICOSS o, en su caso, del sistema “Declaración en Línea” comprende las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se efectúen a partir del 3 de abril de 2018, correspondientes a períodos anteriores: - Respecto de las novedades previstas en el inciso a) del artículo 2: para la generación de las declaraciones juradas correspondientes al período devengado febrero de 2018 y los siguientes. - Con relación a las novedades mencionadas en el inciso b) del citado artículo: para la generación de las declaraciones juradas correspondientes al período devengado enero de 2018 y los siguientes. Rectificativas La DDJJ podrá ser rectificada por nómina completa utilizando la nueva versión 41 de dicho aplicativo hasta el día 31 de mayo de 2018, inclusive. En este caso, la rectificativa en menos no implicará la aplicación de las disposiciones de la resolución general (AFIP) 3093. |
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