Establecimientos de salud: Reducción de ciertos beneficios.

Mediante la publicación del DEC 131/2023, el Poder Ejecutivo ha dispuesto, reducir parcialmente los beneficios vigentes para las contribuciones patronales y las alícuotas del impuesto sobre débitos y créditos bancarios desde el 1 de marzo de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.

De este modo, queda establecido, una exención del 50% del pago de contribuciones patronales destinadas al SIPA, respecto de los profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares y ayudantes que presten servicios relacionados con la salud. También se establece, durante el mismo plazo, que las alícuotas del impuesto sobre los débitos y créditos en las transacciones financieras serán del cuatro con veinticinco centésimos por mil (4,25 ‰); y del ocho con cincuenta centésimos por mil (8,50 ‰) cuando corresponda aplicar la alícuota incrementada en los casos que el producido de las operaciones no sea debitado o acreditado, según corresponda, en cuentas corrientes abiertas a nombre del respectivo ordenante o beneficiario.

Recordamos que hasta el 28 de febrero de 2023 los establecimientos relacionados con la salud contaban con una exención del 75% de la totalidad de las contribuciones patronales destinadas al SIPA; y las alícuotas del impuesto sobre los débitos y créditos en las transacciones financieras aplicables eran del tres con treinta y ocho centésimos por mil (3,38 ‰); y del seis con setenta y seis centésimos por mil (6,76 ‰).

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