MORATORIA UNIVERSAL
El
Dictamen de mayoría del proyecto de ley que amplía la Moratoria será tratado el
próximo viernes en la Sesión de Diputados. Recordamos que en dicho proyecto se
establece:
- La moratoria alcanza a las personas humanas y jurídicas responsables de
tributos y de recursos de la seguridad social.
- Quedan excluidos aquellos sujetos que posean activos financieros en el
exterior y no repatrien por lo menos el 30% dentro de los 60 días desde la
adhesión al régimen.
-Se podrán incluir obligaciones vencidas al 30/6/2020.
- No se tendrá en cuenta la categoría de SIPER.
- Se podrá compensar la deuda con saldos de libre disponibilidad, devoluciones,
reintegros o reembolsos.
- Se prevé un descuento del 15% para quienes cancelen mediante pago al contado.
- La cantidad de cuotas podrá ser de 60, 96 o 120, según el tipo de deuda que
se regularice y una tasa de interés fija del 2% mensual durante las 6 primeras
cuotas (Tasa BADLAR en moneda nacional en Bancos Privados a partir de la 7ma
cuota).
- La adhesión se podrá realizar hasta el 31/10/2020 y la primera cuota vencerá,
salvo que se trate de refinanciaciones, el 16/11/2020.
- Se incorporan beneficios para contribuyentes cumplidores, según el tipo de
contribuyente de que se trate:
* Monotributistas: Exención del componente impositivo conforme de hasta 6
cuotas mensuales según la categoría del contribuyente. En ningún caso el límite
del beneficio podrá superar un importe total equivalente a $ 17.500.
* Contribuyentes del impuesto a las Ganancias: Incremento de la deducción
especial para personas humanas y sucesiones indivisas. Las MiPyMEs podrán optar
por practicar las respectivas amortizaciones a partir del período fiscal de
habilitación de un bien o conforme un régimen establecido en la propia ley.
Luego del tratamiento en la cámara de Diputados, pasará para su tratamiento en
la Cámara de Senadores.
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